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La multipropiedad y la norma que la UEFA no puede aplicar bien

Publicado

Andre John Ojumu

Dos futbolistas de equipos distintos se enfrentan, pero proyectan una única sombra compartida.

En resumen: el artículo 5 de la UEFA prohíbe ejercer influencia decisiva sobre dos clubes de la misma competición europea. El cumplimiento se mide en una única fecha: el 1 de marzo. El Manchester City y el Girona la superaron en 2024 aparcando las acciones en un fideicomiso; el Crystal Palace no la superó en 2025 y perdió ante el Tribunal de Arbitraje Deportivo. La norma no es caprichosa. Simplemente se le pide vigilar una estructura que no alcanza a ver.

El Crystal Palace ganó la FA Cup en mayo de 2025 y se clasificó para la Europa League. No la jugó.

John Textor tenía una participación relevante en el Crystal Palace a través de Eagle Football y el control mayoritario del Olympique de Lyon, que también se había clasificado para la Europa League. El Órgano de Control Financiero de Clubes de la UEFA denegó la inscripción del Palace. El 11 de agosto de 2025 el TAS desestimó su recurso y, como el Lyon había terminado más arriba en su liga doméstica, fue el Lyon quien conservó la plaza. El Palace descendió a la Conference League.

Un club ganó un título y bajó un escalón de competición por algo que hizo su propietario. Entender por qué exige leer la norma.

Qué dice realmente el artículo 5

El artículo 5.01 del Reglamento de Competiciones de Clubes de la UEFA regula el acceso a la Champions, la Europa League y la Conference. Importan dos apartados.

5.01(b) — nadie puede estar implicado simultáneamente, de forma directa o indirecta y en cualquier calidad, en la gestión, la administración o el rendimiento deportivo de más de un club participante en una competición europea.

5.01(c) — ninguna persona física o jurídica puede tener control o influencia sobre más de un club participante, entendiendo incluido poder ejercer por cualquier medio una influencia decisiva en la toma de decisiones del club.

Conviene fijarse en lo que la norma no dice. No prohíbe poseer dos clubes. Los grupos multiclub son perfectamente legales, y los doce clubes del City Football Group no infringen nada por existir. El artículo 5 solo se activa cuando dos clubes del mismo grupo llegan a la misma competición en la misma temporada.

Es, dicho de otro modo, una norma de integridad de la competición disfrazada de norma de propiedad. Lo que preocupa es el amaño y la connivencia entre clubes que podrían enfrentarse, no la concentración de la propiedad en sí misma.

«Influencia decisiva» es toda la discusión

Todo gira en torno a esa expresión, y la UEFA ha tenido que hacerla operativa. Una circular de mayo de 2024 fijó los indicios que el CFCB trata como prueba de influencia decisiva, y el TAS los ha aceptado:

  • una participación superior al 30%
  • una inversión financiera significativa en el club
  • cargos ejecutivos o de gobierno en ambos clubes
  • patrones de traspasos de jugadores entre los clubes vinculados

El último es revelador. No es un criterio jurídico: es conductual. La UEFA viene a decir que, como no siempre puede leer el control en un registro de accionistas, mirará si los dos clubes se comportan como un solo negocio.

Es una respuesta honesta a una dificultad real. También es intrínsecamente difusa, y por eso estos casos acaban una y otra vez en arbitraje.

El 1 de marzo, y lo que esa fecha premia

El cumplimiento se evalúa a fecha 1 de marzo de la temporada en la que se busca la clasificación. La UEFA adelantó el plazo desde el 3 de junio, con efectos a partir de 2024/25, precisamente para que la reestructuración no pudiera improvisarse en las semanas posteriores a conocerse la clasificación.

El problema es que una fecha fija convierte una cuestión estructural en una cuestión de calendario. Si tu grupo se reestructura antes del 1 de marzo, cumples. Si lo hace el 2 de marzo —aunque sea exactamente en la misma estructura—, no.

Eso es lo que le pasó al Palace. Textor acordó vender su participación, pero la reestructuración llegó una vez pasado el plazo. El TAS entendió que la infracción ya se había consumado. El tribunal no dijo que el Palace y el Lyon hubieran pactado nada, ni que fueran a hacerlo. Dijo que la norma fija una fecha y la fecha se incumplió.

En 2025 corrieron la misma suerte dos clubes más pequeños: el Drogheda United quedó excluido de la Conference League por el interés simultáneo del Trivela Group en el danés Silkeborg, y el FC DAC 1904 Dunajská Streda fue excluido por el mismo motivo. Ambos perdieron en el TAS.

El remedio que sí funciona: aparcar las acciones

Contrastemos con 2024/25. El Manchester City y el Girona se clasificaron ambos para la Champions, y el Manchester United y el Niza para la Europa League: el primer par propiedad del City Football Group, el segundo de INEOS.

Ninguno fue excluido. El CFCB aceptó una solución: las acciones del Girona y las del Niza se transfirieron a un fideicomisario independiente, bajo supervisión del propio CFCB, hasta el 1 de julio de 2025.

Merece la pena decirlo sin rodeos. Durante una temporada, el City Football Group no controló jurídicamente al Girona. El 1 de julio de 2025 volvió a controlarlo.

Nadie de los implicados creyó que la relación de fondo hubiera cambiado. El fideicomiso no desmonta el grupo, ni redistribuye el dinero ya invertido, ni deshace el circuito de captación, ni altera quién contrató al personal del club. Suspende una facultad formal durante el tiempo que la norma exige tenerla suspendida.

Eso es un mecanismo de cumplimiento, no una solución al problema de fondo. Y está al alcance, en la práctica, de quien pueda pagar a los abogados que lo construyan antes del 1 de marzo.

Por qué la norma no se puede aplicar limpiamente

Cuatro problemas estructurales, y ninguno se arregla redactando mejor.

Mide una foto fija. El control a 1 de marzo es un indicador aproximado de la integridad competitiva de toda una temporada. Un grupo que cumple ese día y se reunifica en julio ha satisfecho la norma sin que el motivo de preocupación llegara a desaparecer.

La influencia sobrevive a la propiedad. Baja al 29% y superas el criterio accionarial. Pero el director deportivo que nombraste sigue ahí, la plataforma de datos se sigue compartiendo y el circuito de cesiones sigue yendo en la misma dirección. El artículo 5 llega al control formal con mucha más facilidad que al informal.

Castiga a los clubes por decisiones de sus dueños. Los jugadores, el personal y la afición del Palace cargaron con una sanción por un accionariado en el que no tuvieron parte. No hay mecanismo para sancionar al propietario: la única palanca que tiene la UEFA es el acceso a la competición, y esa palanca solo apunta al club.

La aplicación escala con el presupuesto legal. Los grupos con más recursos se reestructuran a tiempo. El Drogheda United no. La norma muerde con más fuerza allí donde menos apuntaba.

Dónde queda todo esto

La multipropiedad ya no es un arreglo marginal. Las estimaciones sitúan en varios cientos los clubes del mundo integrados en alguna estructura multiclub, y la tendencia va en una sola dirección. La propia postura de la UEFA se ha ablandado en consecuencia: los fideicomisos de 2024/25 fueron el reconocimiento de que excluir en masa no es una política viable.

Así que el artículo 5 se ha asentado en algo más estrecho de lo que aparenta. No es un límite a cuánto fútbol puede poseer un inversor. Es una regla sobre quién puede aparecer en el mismo sorteo, comprobada una vez al año, en una fecha que los sofisticados rodean y los demás incumplen.

Si eso merece la pena depende de para qué se crea que sirve. Como salvaguarda antifraude de una competición concreta, funciona razonablemente. Como respuesta a la concentración de la propiedad en el fútbol europeo, nunca se diseñó para serlo, y leerla así explica casi toda la frustración que genera.

El artículo 5, temporada a temporada1 DE MARZO · FECHA DE EVALUACIÓNreestructurar antes = cumplesreestructurar después = no cumplesTEMPORADA 2024/25ADMITIDOSMan City + Gironaacciones a un fideicomisario hasta el 1 · 07 · 2025Man United + Nizaacciones a un fideicomisario hasta el 1 · 07 · 2025TEMPORADA 2025/26EXCLUIDOSCrystal Palace + Lyona la Conference League · TAS, 11 · 08 · 2025Drogheda United + Silkeborgexcluidos de la Conference LeagueFC DAC 1904 Dunajská Stredaexcluidos de la Conference LeagueINFLUENCIA DECISIVA · CIRCULAR UEFA, 05 · 202430%participacióninversiónfinancieracargos enambos clubestraspasos entreclubes vinculadosPLAZO ADELANTADO DESDE EL 3 DE JUNIO, EFECTIVO DESDE 2024/25
La norma se comprueba en una sola fecha. Los grupos que se reestructuran antes del 1 de marzo cumplen; los que llegan tarde quedan fuera, aunque acaben en la misma estructura.

Fuentes

  1. Case update: CAS publishes decisions in UEFA multi-club ownership cases involving Crystal Palace, Drogheda United and FC DAC 1904Northridge Law
  2. UEFA's Multi-Club Ownership Rule Before CAS: the 1 March deadline and the Drogheda United decisionLawInSport
  3. The CFCB decides on multi-club ownership cases for the 2024/25 seasonUEFA
  4. Our ClubsCity Football Group
  5. The Crystal Palace CAS decision: ushering in stricter multi-club oversightBar & Bench